Solicitud de Pre-registro

Para iniciar con su trámite de inscripción, actualización de datos o baja en el Inventario de Servicios Turísticos del Estado de Yucatán (InvenTur), debe ser un prestador de servicios turísticos que opere dentro del estado. Llene la solicitud de pre-registro que se muestra a continuación, posteriormente será contactado.




El Directorio Turístico InvenTur se fundamenta en las siguientes Normas:

  • Artículo 13, fracción I; Artículo 18, fracción III; Artículo 36, fracción I y la Sección Quinta, Artículos 37, 38, 39, 40 y 41 de la Ley para el Fomento y Desarrollo del Turismo en Yucatán.
  • Sección Tercera, Artículos 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58 y 59 del Reglamento de la Ley para el Fomento y Desarrollo del Turismo en Yucatán.
  • Artículo 43, fracciones IV Y XI, del Código de la Administración Pública de Yucatán.
  • Artículo 493, fracción XXV, del Reglamento del Código de la Administración Pública de Yucatán.
  • El InvenTur es un registro de consulta gratuita, disponible para el público en general a través de internet, que permite a los establecimientos participantes dar a conocer la ubicación de los servicios que vende y datos generales como teléfono, e-mail, página web, etc. Debido a que el InvenTur es la principal base de datos de consulta para ubicación de prestadores de servicios turísticos para la Secretaría de Fomento Turístico del Gobierno del Estado de Yucatán, se generan algunos beneficios adicionales como:


    • Oportunidad para promoción nacional e internacional gratuita en nuestra página www.yucatan.travel
    • Promoción para establecimientos inscritos durante la asistencia a ferias, seminarios y otros eventos nacionales e internacionales en los que participa anualmente Secretaría de Fomento Turístico del Gobierno del Estado de Yucatán.
    • Disponibilidad para incluir información en directorios, revistas y folletos impresos que soliciten esta base de datos.
    • Oportunidad de venta directa a través de la disponibilidad de datos comerciales para consumidores potenciales.
    • Creación de un registro estadístico del número de prestadores de servicios turísticos en el estado.

    Políticas Generales de Operación del Directorio Turístico InvenTur

    Para la formación y divulgación de la estadística de la oferta de servicios turísticos en el estado de Yucatán contenida en el InvenTur se han establecido las siguientes políticas:

  • Integrar los registros de los establecimientos de servicios turísticos a partir de la información proporcionada por los mismos prestadores de servicios (propietarios, gerentes o encargados).
  • Completar la información proporcionada por los prestadores de servicios mediante la observación directa de personal acreditado por la Secretaría de Fomento Turístico del Gobierno del Estado de Yucatán en visitas permitidas por los mismos prestadores de servicios turísticos.
  • Que el establecimiento de servicios turísticos se encuentre ubicado en el Estado de Yucatán.
  • Que el giro del establecimiento pertenezca a alguno de los siguientes servicios turísticos: Hospedaje, Restaurantes, Agencias de Viajes, Discotecas bares y/o Centros Nocturnos, Aerolíneas, Líneas Terrestres, Rentadoras de Vehículos, Casas de Cambio, Guías de Turistas, Museos y Galerías, Paradores Turísticos, Servicios Ecoturísticos, Haciendas, Artesanías, Consulados, Asistencia Turística, Zonas Arqueológicas, Video Mapping, Servicios de Banquetes, Teatros y Cines, Centros Comerciales, Turismo de Salud, Marinas, Escuelas de Turismo e Idiomas, Representantes del Sector, Servicios para Eventos y Clubs de Playa.
  • Proporcionar la información completa del establecimiento mediante la Ficha correspondiente, que le será enviada en respuesta a la solicitud de Pre-Registro.
  • Proporcionar una fotografía promocional de su establecimiento en formato electrónico (JPG, PNG), en caso de no tenerla, permitir que la Secretaría de Fomento Turístico del Gobierno del Estado de Yucatán pueda verificar su establecimiento.